Sistemas de identificación y firma electrónica admitidos
Información general
La ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas , dedica el capítulo II de su Título I, a los Sistemas de identificación y firma de los interesados en el procedimiento administrativo. En los artículos 9 y 10, hace referencia a sistemas de identificación y firma, respectivamente, basados en certificados electrónicos reconocidos o cualificados, que habrán sido expedidos por prestadores incluidos en la “ Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación (TSL).“
Los certificados admitidos son los soportados por la plataforma @Firma, cuya relación se recoge en el documento de Proveedores de servicios de certificación de @Firma.
Para verificar la validez de los certificados de esta Sede electrónica, puede utilizar los servicios de la plataforma Valide.
¡ATENCIÓN! Para realizar cualquier acción que requiera firma electrónica necesitará tener instalado Autofirma: http://firmaelectronica.gob.es/Home/Descargas.html
Instalación de AutoFirma
Solicitud de ejecución de AutoFirma
Se le solicitará su permiso para la ejecución de la aplicación AutoFirma en su equipo.- Internet Explorer: pulse en el botón Permitir.
- Google Chrome: pulse en el botón Abrir AutoFirma.
- Mozilla Firefox: pulse en el botón Abrir enlace.
¡ATENCIÓN! Por incompatibilidades con AutoFirma, no podrá realizar firmas electrónicas con el navegador Microsoft Edge
Selección del certificado
Deberá disponer de un DNI Electrónico o un certificado digital soportado por la plataforma @Firma, cuya relación se recoge en el documento de Proveedores de servicios de certificación de @Firma.
Se mostrará una ventana para seleccionar el certificado que desee usar para la firma electrónica.