Consulta de Trámites Consulares

 ¿En qué consiste? 

El servicio de consulta telemática del estado de tramitación permite consultar el estado de tramitación de los expedientes relacionados con los siguientes procedimientos administrativos:

  • Obtención de pasaportes y salvoconductos
  • Obtención de los siguientes visados:
    • De tránsito
    • De larga duración con inicio del procedimiento en las Oficinas Consulares de España en el exterior
    • De larga duración con inicio del procedimiento en España
    • De estancia

Los datos obtenidos a través de este sistema son de carácter meramente informativo, siendo un canal de información complementario al servicio de atención al público, presencial o telefónico existente en la oficina consular en la que se presentó la solicitud de visado o pasaporte.

 

 ¿Cómo puedo consultar mi trámite? 

Para acceder al servicio es necesario:

  • Disponer de acceso a Internet y de un navegador, preferiblemente Microsoft Internet Explorer 7 o compatible.
  • Estar en posesión del resguardo obtenido tras presentar la correspondiente solicitud en la Oficina Consular.
  • Rellenar los datos del formulario electrónico de consulta del estado de tramitación.

Normativa Aplicable 

VISADOS DE ESTANCIA:
  • Real Decreto 240/2007 sobre entrada libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
  • ACUERDO DE SCHENGEN. CAPITULO III (BOE Nº.81 DE 5 DE ABRIL DE 1994)
  • REGLAMENTO (CE) Nº 539/2001 DEL CONSEJO DE 15 DE MARZO (PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS EL 21.3.2001)
  • REGLAMENTO (CE) núm. 810/2009 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO DE 13 DE JULIO DE 2009 POR EL QUE SE ESTABLECE UN CODIGO COMUNITARIO SOBRE VISADOS (CODIGO DE VISADOS)
  • REGLAMENTO (CE) NUM. 767/2008 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO DE 9 DE JULIO DE 2008 SOBRER EL SISTEMA DE INFORMACION DE VISADOS (VIS) Y EL INTERCAMBIO DE DATOS SOBRE VISADOS DE CORTA DURACION ENTRE LOS ESTADOS MIEMBROS (REGLAMENTO VIS)
  • REGLAMENTO (UE) NÚM. 265/2010, DE 25 DE MARZO, POR EL QUE SE MODIFICA EL CONVENIO DE APLICACION DEL ACUERDO DE SCHENGEN Y EL REGLAMENTO (CE) NUM. 562/2006 (CODIGO DE FRONTERAS SCHENGEN) POR LO QUE SE REFIERE A LA CIRCULACON DE PERSONAS CON VISADOS DE LARGA DURACION

VISADOS DE ESTUDIOS:
  • Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social
  • Real Decreto por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social

VISADOS DE RESIDENCIA CON INICIO DEL PROCEDIMIENTO EN ESPAÑA:
  • Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social
  • Real Decreto por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social

VISADOS DE RESIDENCIA CON INICIO DEL PROCEDIMIENTO EN LAS OFICINAS CONSULARES:
  • Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social
  • Real Decreto por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social
 
PASAPORTES:
  • CONSTITUCION ESPAÑOLA DE 1978, ARTICULO 19, PARRAFO 2.º. 
  • LEY ORGANICA 1/1992, DE 21 FEBRER0, SOBRE PROTECCION DE LA SEGURIDAD CIUDADANA, ARTICULO 10 (BOE Nº 46, DE 22 DE FEBRERO).
  • REAL DECRETO 896/2003 DE 11 DE JULIO POR EL QUE SE REGULA LA EXPEDICION DEL PASAPORTE ORDINARIO Y SE DETERMINAN SUS CARACTERISTICAS MODIFICADO POR EL REAL DECRETO 411/2014 DE 6 DE JUNIO